Laboral

 

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En la sede de ISAGEN en Medellín, el pasado 4 de octubre de 2010, SINTRAISAGEN, SINTRAISA y SINTRAE convocaron a todos los trabajadores de la empresa y realizaron una conferencia sobre los efectos del Acto Legislativo 001 de 2005 y el futuro de las pensiones, para lo cual ISAGEN otorgó el espacio y permisos necesarios para que sus trabajadores, que estuvieran interesados pudieran asistir.  En contraste, ISA negó el espacio requerido por SINTRAISA para tal fin y ni siquiera otorgó el permiso para que los trabajadores que estuvieran interesados pudieran asistir a la conferencia del 4 de octubre en ISAGEN.

 

Expusieron las abogadas que demandaron Nacional e Internacionalmente con los Sindicatos el Acto Legislativo 01 de 2005, como ha sido el retroceso de las pensiones en Colombia, la prevalencia del aspecto económico sobre el social; las diferencias, condiciones y requisitos de los regímenes pensiónales (“prima media con prestación definida” y “ahorro individual”); se explicó el rango constitucional que tiene la seguridad social y la irrenunciabilidad a sus principios; se analizó y discutió el que hacer de los trabajadores frente al Acto Legislativo 001 de 2005 y la negativa empresarial a reconocer las pensiones que se tienen establecidas en los contratos colectivos; y se explicó los efectos de la denuncia convencional, prorroga y negociación colectiva en el tema pensional.

Igualmente se ratificó la obligación que tiene el Estado y las empresas de cumplir las recomendaciones emanadas por la OIT en el caso 2434, en el que se estudió los efectos del Acto Legislativo 001 de 2005, según el cual, limitó el derecho a la negociación colectiva en el tema pensional y contradijo la declaración de principios y derechos fundamentales en el trabajo promulgados por la OIT, desconociendo Convenios como el 87, 98, 151 y 154 que protegen el derecho fundamental a la negociación colectiva.
 
Uno de los aspectos tratados más relevantes, fue el régimen de transición como derecho adquirido, se analizó la posibilidad de sumar los aportes a pensiones en el sector público y privado teniendo en cuenta el marco y principios de la seguridad social y algunas sentencias judiciales, además por ser el aspecto pensional parte del patrimonio salarial del trabajador, se orientó sobre las reclamaciones administrativas que deberán emprender los trabajadores a las empresas y sobre las tutelas y demandas que seguidamente se deberán presentar para que la Corte Constitucional se pronuncie de fondo sobre los efectos del Acto Legislativo 001 de 2005 en relación con los derechos adquiridos de los trabajadores.
 
Quedó claro para todos los asistentes que el tema pensional hace parte del patrimonio del trabajador, que es un derecho adquirido que hay que defender en lo jurídico y en lo político, que el Acto Legislativo no se aplica a todos los colombianos y que los trabajadores que vayan cumpliendo la edad para exigir el derecho, lo vayan haciendo en documento escrito con miras a reclamarlo vía tutela. Igualmente se orientó para que de manera individual se hagan coadyuvantes de la Queja ante la OIT y la Denuncia ante la CIDH. Para lo cual se informó, que a través de las organizaciones sindicales se soliciten los modelos de documentos para la reclamación administrativa y las coadyuvancias.
 
Los Sindicatos continuarán haciendo gestiones a nivel Nacional e Internacional para promover acciones tendientes al desmonten e inaplicación de dicho Acto Legislativo.

 
JUNTA DIRECTIVA NACIONAL SINTRAISA

 
Medellín, octubre 6 de 2010.
 

“El sistema de gobierno más perfecto es aquel que produce:

mayor suma de felicidad posible,

mayor suma de seguridad social

y mayor suma de estabilidad politica”.

Simón Bolivar Congreso de Angostura 15 de febrero de 1819