SINTRAISA presentó ACCIÓN POPULAR por la ilegal “venta” de ISA a Ecopetrol
SINTRAISA, SINTRAE y el Movimiento Cívico de Medellín y el Área Metropolitana, presentaron ACCIÓN POPULAR, como medio de control judicial para que se protejan los derechos colectivos, a la moralidad administrativa y el patrimonio público, por la ilegal “venta” de Acciones de ISA a Ecopetrol S.A.
La transacción de “venta” de acciones de ISA, entre el Ministerio de Hacienda y Ecopetrol, es producto de una extralimitación en el ejercicio de las funciones, y resulta contrario a la Constitución política y la Ley, ya que el Ministro de Hacienda, no era el competente para “vender” las acciones que la Nación tenía en Interconexión Eléctrica S.A. –ISA-, además que se realizó a espaldas de los ciudadanos, violando el artículo 2 de la Constitución Política y desconociendo el principio fundamental de igualdad.
El Ministerio de Hacienda y Ecopetrol S.A., tendrán que explicarle al Juez, ¿porque el Ministerio de Hacienda usurpó funciones y competencias del Ministerio de Minas y Energía y del presidente de ISA?; ¿porque se desconoció el código de buen gobierno de ISA?; ¿porque el Ministerio de Hacienda se atribuyó el derecho sobre las acciones que la persona jurídica de ISA tiene en el extranjero y porque aplicaron leyes nacionales a esa transacción?; ¿porque la “venta” de las acciones de la Nación en ISA no fue autorizada por Concejo de Ministros?; ¿porque en la transacción se desconocieron los trabajadores de ISA y sus filiales?; ¿porque el proceso de enajenación de acciones se adelantó a espalda de los ciudadanos? y ¿porque se le mintió al país y se desinformó a los demandantes?, cuando se les preguntó, por varios aspectos, en dicha transacción, entre otros temas.
Resulta sospechoso, que un préstamo bancario lo presenten como una transacción accionaria entre órganos estatales, evadiendo la normatividad vigente con todas las irregularidades antes mencionadas. Que el Ministerio de Hacienda utilice una empresa estatal como es Ecopetrol, para “auto-aprobarse” un préstamo internacional para la compra de acciones de otra empresa estatal como ISA, es otra “jugadita” de este gobierno.
Para proteger el patrimonio público que se tiene en ISA y Ecopetrol, se solicitó a través de la ACCIÓN POPULAR, suspender provisionalmente los efectos jurídicos del Contrato Interadministrativo suscrito entre el Ministerio de Hacienda y Ecopetrol; y como medidas cautelares: que Ecopetrol no adelante ninguna acción contra la naturaleza jurídica, autonomía administrativa, financiera de ISA, se mantenga la planta de personal y sus derechos individuales y colectivos adquiridos.
Ante semejante despropósito, corresponde al juez probar y declarar que la “venta” de las acciones de ISA y la firma del contrato interadministrativo entre el Ministerio de Hacienda y Ecopetrol, violó los artículos 1, 2, 13, 29, 88, 209, 228 de la Constitución política, 3 de la Ley 489 de 1998, 20 de la Ley 226 de 1995 y Ley 472 de 1998, 23, 24 y 92 de la Ley 80 de 1993, puesto que la ley señala que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad.
La Corte Constitucional ha dicho en su reiterada jurisprudencia que toda actuación judicial o administrativa con violación del debido proceso, carece de valor jurídico.
Medellín, 6 de diciembre de 2021.
JUNTA DIRECTIVA NACIONAL SINTRAISA
#QueNoNosApaguenLosDerechos
¡No al desmembramiento de ISA!
¡Abajo la cobarde y brutal arremetida de ISA contra SINTRAISA!