Laboral

CIERRE DE LA ETAPA DE ARREGLO DIRECTO ISA - SINTRAISA

Existe en Interconexión Eléctrica S.A. E.S.P. -ISA- el Sindicato de Empresa, denominado Sindicato Nacional de Trabajadores de Interconexión Eléctrica S.A. -SINTRAISA-, quien tiene suscrita y vigente una Convención Colectiva de Trabajo con la empresa Interconexión Eléctrica S.A. E.S.P. -ISA-, Convención que se ha venido prorrogando, según la ley, desde el 31 de marzo de 2011, y de la que se benefician los afiliados a SINTRAISA. Debemos destacar que hasta la fecha ninguna autoridad judicial y/o administrativa ha cuestionado la existencia y titularidad de la Convención Colectiva de Trabajo. Además, la jurisprudencia de las altas Cortes ha manifestado que solo las partes que la suscriben tienen la titularidad para negociar y modificar la Convención Colectiva, que es ley para ellas, es decir, solo SINTRAISA e ISA, están facultadas legalmente para denunciar y negociar un nuevo pliego de peticiones.

Recordamos que SINTRAISA, presentó a ISA pliego de peticiones el 20 de noviembre de 2018, e ISA citó para reunión de inicio de negociaciones el 26 de noviembre, dando inicio así a la etapa de arreglo directo que tienen un periodo de 20 días calendario, es decir, hasta el 15 de diciembre de 2018; sin embargo, después de la primera reunión, la comisión negociadora de ISA no volvió a la mesa de negociación, a pesar de las insistentes citaciones de la comisión negociadora de SINTRAISA. Tampoco el Ministerio de Trabajo nos acompañó en esa primera etapa, pese a la solicitud de INTERVENCIÓN y reiteradas invitaciones realizadas por SINTRAISA para que fuera GARANTE del Conflicto Colectivo entre SINTRAISA e ISA.

El Director Territorial de Antioquia del Ministerio de Trabajo nos concedió una reunión para el viernes 14 de diciembre de 2018, para hablar de la problemática presentada durante la etapa de arreglo directo y de la inasistencia del ministerio a pesar de las múltiples invitaciones; pero con sorpresa, el jueves 13 nos canceló la cita. El viernes 14 de diciembre una inspectora del Ministerio de Trabajo envió un correo con “Invitación reunión de dialogo social”, para el lunes 17 de diciembre, la cual no se atendió por desconocer el objetivo de la reunión, ni los asistentes a la misma, y en razón a que la secretaria del director del Ministerio del Trabajo - Regional Antioquia, se negó a precisar por escrito el objeto de dicha citación.

El lunes 17 de diciembre de 2018, ajustándonos a lo establecido en la ley, se radicó en el Ministerio del Trabajo el acta final de la etapa de arreglo directo, donde se dejó constancia del estado en que quedaron las conversaciones sobre el Pliego de Peticiones presentado por SINTRAISA a ISA el 20 de noviembre de 2018. Reiteramos nuestra disposición al diálogo como medio para la construcción de acuerdos entre las partes, y pedimos a ISA y sus Filiales que cesen los hostigamientos y la obstrucción al derecho humano de asociación sindical y consecuencialmente al de negociación colectiva.

CODA: Es falso que el Ministerio del Trabajo haya citado a reunión conjunta a SINTRAISA con INTERCOLOMBIA, como se informó -por esa filial- en boletín del 14 de diciembre de 2018, ya que con dicha filial SINTRAISA no tiene suscrita Convención alguna, ni le ha presentado Pliego de Peticiones; la máxima autoridad del Sindicato, que es la Asamblea, facultó a la Comisión Negociadora para negociar con ISA o con cualquier intermediario que ISA empodere y tenga plenas facultades para actuar en nombre de ISA.

18 de diciembre de 2018.

JUNTA DIRECTIVA NACIONAL Y COMISIÓN NEGOCIADORA DE SINTRAISA